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de:
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Preguntas frecuentes sobre Aduanas
Mexicanas
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¿
Porqué y bajo que criterios se modifican las fracciones
arancelarias? La Comisión de Comercio
Exterior (COCEX) revisa constantemente las Tarifas de Importación y de
Exportación a fin de propiciar una política arancelaria que
permita sustituir importaciones eficientemente y al mismo tiempo alentar las
exportaciones bajo los siguientes criterios:
- Se
actualiza la estructura arancelaria como apoyo a la industria nacional, a fin
de incrementar su competitividad sin descuidar el costo - beneficio del sector
involucrado. - Administrar más eficientemente el despacho aduanero
en cuanto a regulaciones arancelarias y no arancelarias del comercio exterior
mexicano. Mantener la congruencia del tratamiento arancelario aplicado a
diferentes eslabones de la cadena productiva con el fin de tener claro el flujo
comercial tanto de importaciones y exportaciones.
¿Cómo se solicita la modificación o
adición de una nueva fracción arancelaria? Se debe llenar el cuestionario que se
publicó en el Acuerdo de Desregulación Económica en el D.
O. F. del 22 de marzo de 1999 y 7 de abril de 1999 y presentarlo en las
oficinas del Secretariado Técnico de la COCEX.
¿Dónde se encuentran las Tarifas (TIGE, TIGI)
actualizadas? La
SECOFI tiene actualizadas dichas tarifas asimismo, algunas empresas
basándose en las publicaciones del DOF recopilan la información y
editan dichas tarifas.
¿Cómo se puede saber cuando una fracción
cambio a otra o se eliminó? No existe a la fecha un instrumento público que
lleve el historial arancelario de las fracciones arancelarias de nuestras
tarifas, sin embargo, en las oficinas del secretariado técnico de la
COCEX se cuenta con dicha información.
¿Bajo que criterios se determinó el arancel aplicable
a una fracción arancelaria? Se toma en consideración la protección
al sector productor, la demanda nacional la oferta nacional y las
probabilidades de inversión.
¿Qué son las regulaciones no
arancelarias? Cada
país impone requisitos de entrada a su mercado con el fin de proteger la
salud, el medio ambiente, cumplir con las normas de calidad mínimas
aceptadas por el consumidor, etc. de los cuales es necesario tener conocimiento
antes de enviar la mercancía, de lo contrario se impedirá la
entrada del producto a ese país. Su cumplimiento implica la
obtención de permisos, certificados y otros, por parte de las
dependencias relacionadas con la materia.
¿Dónde tramitar los permisos fitosanitarios,
zoosanitarios, sanitarios y permisos CITES? Dependiendo de su producto será la dependencia
encargada en tramitarlo. Certiticados fitosanitarios.
Dirección
General de Sanidad Vegetal de la Secretaría de Agricultura,
Ganadería y Desarrollo Rural (SAGAR), ubicada en Guillermo Pérez
Valenzuela No. 27 piso 2, Col. del Carmen, tel. 55-54-05-12, fax:
55-54-05-29
Secretaría de Salud (SS), ubicada en Donceles No. 39,
Col. Centro, tel. 55-21-91-34 o Mariano Escobedo No. 373, Col. Polanco, tel.
52-54-78-03, 51-54-25-38
Certificados zoosanitarios Dirección
General de Salud Animal ubicada en Recreo No. 14, piso 11, Col. Actipan tel.
55-34-51-11 y 55-34-94-73 fax: 55-34-14-71.
Permisos CITES (especies en
peligro de extinción) Instituto Nacional de Ecología ubicado en
Av. Revolución No. 1425, Col. Tlacopac, tel: 56-24-33-62 fax: 56-35-87.
¿
Qué son los términos de negociación internacional
(INCOTERMS)? Es la
definición del punto de entrega de la mercancía y los
compromisos, responsabilidades, riegos, costos y gastos que corresponde cubrir
tanto al exportador como al importador como resultado de ello. Entre ellos, se
encuentran los siguientes: FOB, CIF, etc.
¿Cuáles son las formas de pago y cuál de ellos
es la más recomendable? Forma de pago es el documento mediante el cual se
establece la obligación de pago o a cargo de una persona física o
moral (comprador) a favor de otra (vendedor), a cambio de la entrega de un bien
o servicio, objeto de la operación realizada. Modalidades:
- Cartas de
crédito: promesa condicional de pago que efectúa un banco
(emisor), por cuenta de una persona física o moral (solicitante), ante
una persona (beneficiario, exportador); generalmente por conducto de otro banco
(notificador), para pagar determinada suma o aceptar letras a favor del
exportador, contra la presentación de determinados documentos que
amparen el envío de la mercancía de exportación. Existen
diferentes modalidades: revocable, irrevocable, notificada, confirmada, a la
vista, a plazo, revolvente y trasferible.
En el comercio exterior, cuando se
desconocen las referencias de solvencia y estabilidad del cliente; es
conveniente que sea a través de:
- CARTA DE CREDITO CONFIRMADA.- Esta
proporciona al exportador, seguridad absoluta de pago pues es la
confirmación de un crédito irrevocable por otro banco mediante
autorización o a petición del banco emisor, constituye un
compromiso en firme por parte del banco confirmador.
- CARTA DE CREDITO IRREVOCABLE.-
Tiene como característica principal que el banco emisor se compromete en
forma total y en forma definitiva a pagar, aceptar, negociar, o cumplir con los
pagos diferidos a su vencimiento, siempre que los documentos respectivos
cumplan con todos los términos y condiciones.
- Cobranza bancaria internacional:
Instrucción que el exportador, de un determinado monto de dinero contra
la entrega de documentos enviados. Esta forma de pago implica menos costo que
la carta de crédito; sin embargo, el banco del comprador no se hace
responsable del pago, salvo que reciba la firma del comprador internacional.
- Cuenta abierta: El exportador
envía los documentos de embarque directamente al importador. Este
último al tenerlos en su poder transfiere el pago corrrespondiente al
exportador, por medio de una orden de pago, giro bancario o cheque personal.
Esta forma de pago sólo es recomendable cuando se conoce plenamente al
importador y se tiene absoluta confianza en él.
¿Cuáles son los documentos básicos para
exportar un producto?
- Factura Comercial
- Certificado de Origen
- Pedimento de
Exportación
¿Qué es un pedimento aduanal? Es el documento fiscal donde el
contribuyente declara la información que permite, legalmente la
internación o salida de las mercancías. En él se
establece, entre otros la base gravable de los impuestos al comercio exterior,
la información que permite la identificación de las
mercancías, las fechas, las facturas, los operarios, los destinatarios,
los remitentes, el Agente Aduanal. las cantidades, los valores los registros de
entrada, los medios de transporte, etc. El pedimento aduanal es el documento
más importante para efectos fiscales en la importación y
exportación y lo elabora el agente aduanal.
¿Qué es la carta de encomienda?
Es el documento en el que bajo protesta
de decir verdad, el importador gira las instrucciones al agente aduanal para
realizar el despacho aduanero en forma clara y precisa (manejo y
consignación de la mercancía, etc.).
¿Qué es una lista de empaque o Packing
List? Es la
descripción detallada del acomodo y distribución de los bienes
contenidos en un embarque, numerados desde la primera hasta la última
caja, paquete o contenedor. Especifica volúmen, peso, número
de piezas, piezas por paquetes.
¿Qué es el conocimiento de embarque o Bill Lading?
Representa el
contrato entre el exportador y el transportista para el transporte de
determinadas mercancías de un punto a otro, regularmente expedido por el
transportista para que sea completado por el exportador, quien debe
proporcionar información sobre valor, peso y volúmen de la
mercancía.
¿Qué requisitos debe contener una factura de
exportación? La factura es un documento necesario en cualquier transacción
comercial, debe ser detallada y bien redactada. De acuerdo al art. 36,
fracción II, Inciso a) de la Ley Aduanera, quienes exporten están
obligados a presentar en la Aduana la factura, o en su caso, cualquier
documento que exprese el valor comercial de las mercancías (factura
proforma, carta factura).
- Aduana de salida del país de origen y
puerto de entrada en el país destino.
- Lugar y fecha de
expedición
- Nombre y domicilio del vendedor (incluye
RFC)
- Descripción detallada de la mercancía, incluyendo el
nombre con el que se conoce a la mercancía, el grado o la calidad la
marca, los números y símbolos que utiliza el fabricante,
relacionando cada renglón con los bultos o la lista de empaque. No debe
contener descripciones numéricas ambiguas o confusas.
- Cantidades,
peso y medidas del embarque
- Precio de cada mercancía enviada,
especificando el tipo de moneda, señalando su equivalente en moneda
nacional.
- Condiciones de venta utilizadas (ver INCOTERMS)
- Montos por
concepto de flete, seguros, comisiones y costos del embalaje.
- Para mayor
información acuda al módulo 5 de atención al contribuyente
en comercio exterior, de la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público (SHCP), o llame al tel: 52-27-02-97, del interior llame sin
costo al 01 800 90 450 00.
¿Qué es una fracción
arancelaria? Emana
del Sistema Armonizado de Codificación y Designación de
Mercancías que pretende una clasificación uniforme de comercio
internacional.
La fracción arancelaria es un código
numérico (8 dígitos, 6 a nivel internacional y los últimos
2 dígitos los establece el país importador), se encuentra en las
tarifas del impuesto general de importación y de exportación, el
cual permite clasificar y distinguir las mercancías para efectos del
cumplimiento de las restricciones y regulaciones arancelarias y no
arancelarias.
Dónde obtener la fracción arancelaria? Con su
agente aduanal, en el módulo CAAAREM ubicado en el edificio de la
Asociación de Agentes Aduanales del Aeropuerto Internacional de la
Ciudad de México, tel.: 56-28-15-00.
¿Como aprovechar las preferencias arancelarias que se conceden a
México a través de los tratados de libre comercio?
El requisito
indispensable es obtener un certificado de origen que se tramita en la
Secretaría de Comercio y Fomento Industrial y en las Delegaciones y
Subdelegaciones Federales. Con Costa Rica, Canadá y Estados Unidos no se
requiere certificado de origen del Gobierno.
¿Qué es un Certificado de Origen y cómo
tramitarlo? Es el documento en donde el
exportador comprueba que el producto que se exporta es originario de la
región o del país, para efectos de acceder a las preferencias
arancelarias que otorgan los tratados o acuerdos comerciales firmados por
México o al amparo del SGP. Para obtenerlo puede acudir a las
ventanillas de Atención al Público de la Dirección General
de Servicios al Comercio Exterior ubicadas en la P.B. del edificio Insurgentes
de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial o a las Delegaciones y
Subdelegaciones Federales de SECOFI.
¿Por qué se requiere de los servicios de un agente
aduanal para realizar la exportación? De
acuerdo al Art. 159 de la Ley Aduanera, el Agente Aduanal es la persona
física autorizada por la SHCP, mediante una patente, para promover por
cuenta ajena el despacho de las mercancías, en los diferentes
regímenes aduaneros previstos en la Ley. En el Art. 40 de la Ley
Aduanera se señala que actuará como consignatario o mandatario de
un determinado importador o exportador para llevar a cabo los trámites
relacionados con el despacho de las mercancías de dicho importador o
exportador. El agente Aduanal debe ser elegido con mucho cuidado, ya que apoya
a la empresa en el cabal cumplimiento de la Ley en relación al despacho
aduanero y a las obligaciones de las empresas exportadoras e importadoras como
contribuyentes. Los servicios que ofrece son: a.
Determinación correcta de la fracción arancelaria correspondiente
a las mercancías. b. Elaboración de la
documentación necesaria para el desaduanamiento de las
mercancías. c. Representa al exportador e
importador ante las autoridades aduanales para el desaduanamiento y gestiones
correspondientes. d. Asesoría a los contribuyentes
¿Qué es un apoderado aduanal y cuál es su
función? De acuerdo al Art. 168 de la Ley
Aduanera es la persona física designada por otra persona física o
moral para que en su nombre y representación se encargue del despacho de
mercancías, siempre que obtenga la autorización de la SHCP. El
apoderado aduanal promoverá el despacho ante una aduana, en
representación de una sóla persona, quien será
limitadamente responsable por los actos de aquél. Es importante
señalar que se requiere previa autorización para que el apoderado
aduanal pueda actuar ante aduanas distintas a las que le corresponda. En el
Art. 40 de la Ley Aduanera se señala que actuará como
consignatario o mandatario de un determinado importador o exportador para
llevar a cabo los trámites relacionados con el despacho de las
mercancías de dicho importador o exportador.
¿Qué es el despacho aduanero? De acuerdo a lo que señala el Art. 35 de la Ley Aduanera, se
entiende por despacho aduanero el conjunto de actos y formalidades relativos a
la entrada de mercancías al territorio nacional y a la salida del mismo,
que de acuerdo con los diferentes tráficos y regímenes aduaneros
establecidos en la Ley Aduanera, deben realizar en la aduana las autoridades
aduaneras, así como los agentes o apoderados aduanales.
¿Qué es el padrón de importadores y como registrarse en
él? Es el registro para los contribuyentes que introducen al país
mercancías de procedencia extranjera, establecido por la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través
de la Administración Técnica Tributaria de Recaudación
(artículo 59 Ley Aduanera). Para registrarse a este padrón,
comuníquese al tel. 227 02 97 en el D.F., o desde el interior de la
República al 91 800 90 450. Se deberán pagar impuestos de
importación a partir del año 2001 por la maquinaria y/o equipo
instalado antes del año 2000? Los bienes importados (materias primas,
maquinaria y/o equipo) al amparo de un programa de maquila de
exportación durante el año 2000 o años anteriores no son
sujetos del pago de impuestos de importación.
¿Qué son los Programas de Promoción
Sectorial? Los Programas de Promoción
Sectorial tienen como objetivo General ofrecer a las empresas condiciones
arancelarias competitivas para abastecerse de insumos y maquinaria, a fin de
evitar perjuicios en sus actividades de exportación. Los Programas de
Promoción Sectorial constan de 4 elementos básicos: Se definen
los usuarios de cada programa Los bienes finales que éstos
deberán producir Los insumos y maquinarias que los usuarios de cada
programa podrán importar, y Se establecen aranceles de 0% y 5% para la
importación definitiva de los insumos y maquinarias listados en cada
Programa. Dichos insumos y maquinarias no incluyen bienes utilizados en la
construcción, infraestructura para el suministro de agua, luz,
teléfono, así como para grandes obras de refinación y
suministro de energéticos. Los Programas de Promoción Sectorial
proporcionarán importantes beneficios a las industrias usuarias:
Darán a los productores certidumbre sobre los niveles arancelarios que
pagarán sobre sus importaciones a partir del año 2001
Mantendrán la competitividad de las empresas instaladas en México
que producen para la exportación y para el mercado doméstico.
Promoverán el desarrollo de proveedores locales y de proveedores
regionales. La Secretaría de Comercio y Fomento Industrial
publicará durante el año 2000 nuevos Programas de
Promoción para otros sectores (industria del mueble, industria del
juguete y juegos de recreo, industria del calzado, industria química,
industria minera y metalúrgica, industria de bienes de capital,
industria fotográfica, industria de maquinaria agrícola, y de
industrias diversas. Es posible registrar bajo el esquema maquiladora a
empresas productoras o ensambladoras de bienes de capital destinados a
satisfacer la demanda de las empresas maquiladoras? Sí. Los Decretaros
para el fomento y operación de la industria maquiladora de
exportación en vigor (Diario Oficial de la Federación del 1°
de junio y del 13 de noviembre de 1998) no establecen limitante alguna para la
fabricación o ensamble de este tipo de bienes.
¿Qué se consideran muestras para
exportar? Para efectos del artículo 106,
fracción II, inciso d) de la Ley Aduanera, las muestras destinadas a dar
a conocer mercancías, son aquéllas que por su cantidad, peso,
volumen u otras condiciones de presentación indiquen, sin lugar a dudas,
que solo pueden servir de muestras y que han sido privadas de valor comercial
mediante operaciones físicas de inutilización, tales como
marcado, perforado, rotura, o tratadas de modo que las inutilice para su
comercialización, sin impedir su uso como muestra, o las que tengan un
valor unitario no mayor al equivalente en moneda nacional de 1 dólar de
los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas
extranjeras. En este caso, no se considerará operación
física de inutilización la simple colocación de sellos o
Leyendas. Para efectos del artículo mencionado, se entenderá como
muestrario la colección de muestras que por su cantidad, peso volumen u
otras condiciones de presentación indique, sin lugar a dudas, que
sólo pueden servir de muestras.
¿Cuáles son los requisitos para inscribirse al
padrón de importadores? Para poder
inscribirse en el Padrón de Importadores, los interesados deberán
cubrir los requisitos señalados por el artículo 72 del reglamento
de la Ley Aduanera y las reglas generales en materia de comercio exterior 3.6.1
y 3.6.2 de la Resolución Miscelánea de Comercio Exterior para
1997. En el caso de empresas con programas de Maquila o Pitex, la
incorporación será automática, para lo cual la SECOFI
enviará copia de su programa respectivo a la SHCP. Cuáles son los
requisitos para inscribirse al padrón de importadores sectorial?
Requisitos y trámites: los contribuyentes que se encuentran inscritos en
el padrón de importadores y que pretendan importar mercancías
clasificadas en los sectores específicos señalados en el anexo 10
de la resolución miscelánea de comercio exterior, deberán
presentar en original y dos copias la solicitud denominada solicitud de
inscripción en los padrones de importadores de sectores
específicos, que forma parte del anexo 1 de dicha resolución, a
la cual se anexará copia fotostática legible de: comprobante de
domicilio fiscal, cédula de identificación fiscal, aviso o
constancia de inscripción en el RFC, siempre que esta última no
exceda de un mes de haber sido expedida por autoridad competente; declaraciones
del impuesto sobre la renta de los últimos cuatro ejercicios, en su
caso, y declaraciones de los pagos provisionales del impuesto sobre la renta y
del impuesto al valor agregado, por las que aún no esté obligado
a presentar las declaraciones anuales correspondientes, así como
señalar el nombre o razón social del promovente, RFC y su
domicilio fiscal, indicar el domicilio de sus bodegas y sucursales en donde
mantendrán las mercancías importadas, señalar el nombre
del o los sectores en los que desea inscribirse y las fracciones arancelarias
correspondientes. Dicha solicitud podrá presentarse de manera personal o
enviarla a través de servicio de mensajería, al siguiente
domicilio: padrón de importadores de sectores específicos
Administración General de Aduanas Administración Central de
Regulación del Despacho Aduanero Av. Hidalgo no. 77, módulo IV,
planta baja Col. Guerrero, delegación Cuauhtémoc México,
D.F. C.P. 06300
¿Cuál es el plazo para la devolución de saldos
a favor del IVA, teniendo registro de ALTEX? El
decreto que establece la operación de las empresas altamente
exportadoras (ALTEX), dispone un tratamiento preferencial de otorgar las
devoluciones de saldos a favor por concepto de IVA a las empresas con dicho
registro en un plazo de 5 días hábiles contados a partir de la
presentación de la solicitud debidamente integrada. las empresas ALTEX
para poder tramitar su devolución del IVA deberán cumplir con los
siguientes requisitos: La solicitud de devolución (formato 32) y sus
anexos, firmada por la persona debidamente facultada para tal efecto, copia de
la declaración donde consta el saldo a favor. En lugar de los anexos del
formato 32 y de las copias de las declaraciones podrán presentar con la
forma 32 declaratoria de contador publico registrado conforme lo establece el
articulo 15-a del reglamento de la ley del IVA. Copia de la declaración
donde conste el saldo a favor y discos flexibles que contengan
información de proveedores, prestadores de servicios, arrendadores y
operaciones de comercio exterior.
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